El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente una demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Martín Vizcarra, la cual tenía como objetivo principal anular la condena de 14 años de prisión que se le impuso por el delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado. Dicha sanción se originó a raíz de las irregularidades detectadas en los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua.
El recurso constitucional fue interpuesto por la ciudadana Julissa Ricopa Pacaya el 24 de enero de 2025. A través de este documento, se solicitaba dejar sin efecto el auto de enjuiciamiento emitido el 30 de abril de 2024 y el auto de citación a juicio oral del 4 de julio de ese mismo año.
Con ello, la defensa pretendía que se declare la nulidad de todo lo actuado, incluyendo la posterior condena privativa de la libertad dictada contra el exmandatario.
Argumentos desestimados
La acción de garantía alegaba una presunta vulneración a los derechos al debido proceso y a la libertad personal. Asimismo, argumentaba la afectación a la seguridad jurídica y al principio non bis in idem, una garantía que impide que un ciudadano sea investigado, procesado o castigado más de una vez por los mismos hechos.
No obstante, el colegiado determinó que las resoluciones judiciales cuestionadas (los autos de enjuiciamiento y citación) no imponen ni determinan, por sí mismas, ninguna medida de restricción de la libertad personal. Al no cumplirse este requisito fundamental, la vía del hábeas corpus resulta inviable.
La sentencia firme como requisito
En la resolución, el TC precisa que es de público y notorio conocimiento que el pasado 26 de noviembre de 2025, el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional sentenció al demandante a catorce años de cárcel.
El Tribunal subrayó que la verdadera restricción a la libertad de Vizcarra se concreta en dicha sentencia condenatoria, y no en los trámites previos. Por ello, aclaró que el fallo final eventualmente podría ser materia de un nuevo proceso constitucional, siempre y cuando cumpla previamente con el requisito de firmeza en las instancias correspondientes del Poder Judicial.
«Por consiguiente, la demanda debe ser declarada improcedente», concluye el máximo intérprete de nuestra Carta Magna.
En la actualidad, el expresidente Martín Vizcarra se encuentra recluido cumpliendo esta condena en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate.

