El ingeniero industrial y aspirante a jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Carlos Loyola Escajadillo, presentó un recurso de reconsideración después de que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) lo excluyera del concurso público para elegir al nuevo titular de la institución.
La JNJ declaró desierto el proceso por la renuncia y la exclusión de los dos únicos postulantes que se mantenían en la etapa final del proceso, dejando al organismo sin posibilidades de designar a un jefe definitivo de ONPE.
El organismo autónomo excluyó a Loyola Escajadillo del proceso de selección al señalar que omitió declarar dos procesos judiciales que se encuentran en trámite. A esa situación, se sumó la renuncia de Amparo Ortega al concurso público por motivos personales de salud.
Tras ser excluido, el ingeniero presentó el recurso ante el Pleno de la JNJ en el que alega una vulneración del derecho fundamental al acceso a la función pública, en condiciones de igualdades y de meritocracia.
“En esta etapa [la cuarta y última de entrevista personal] sí es posible presentar un pedido de reconsideración a la decisión de exclusión. Y la Junta podría tomarse hasta 30 días hábiles para decidir sobre ese recurso. Generalmente, en un proceso de este tipo, la Junta Nacional de Justicia se toma menos tiempo por por un principio de celeridad. Entiendo que por trarse del concurso para jefe de la ONPE tendrían que actuar de una manera muy célebre”, afirmó a RPP.
Carlos Loyola dice que sí actualizó los procesos que afronta
En su escrito dirigido a los miembros de la JNJ, el candidato excluido indicó que los dos procesos judiciales corresponden a materias civiles y fueron omitidos en la ficha inicial, pero después se consignaron durante la fase de actualización de datos.
“Estas materias de naturaleza civil no constituyen ningún impedimento legal para ejercer la jefatura de la ONPE, ni evidencian objetivamente una afectación a la probidad o idoneidad moral, máxime si aún se encuentran en proceso (no concluido), lo cual no afecta mi idoneidad profesional”, indicó.
“No existió ocultamiento de mala fe, sino error con subsanación voluntaria antes del cierre de la evaluación; por ende, aplicar la exclusión automática ante una conducta de transparencia y colaboración con la administración resulta desproporcionada, irrazonable y punitiva”, agregó.
En diálogo con RPP, Loyola Escajadillo dio detalles de los dos procesos que afronta, enfatizando que uno corresponde a un caso relacionado con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), derivado de una investigación sobre su participación en actividades institucionales cuando era funcionario.
El segundo corresponde a una demanda civil por el atraso en el pago de una obligación con una cooperativa durante la pandemia de la COVID-19. Loyola señaló que no fue notificado debidamente hasta el año 2024 y que ha apelado la resolución al considerar abusivos los intereses cobrados.
“[Que] el Pleno haga una revisión más exhaustiva del caso. Se estuvo especulando mucho de que me estaban excluyendo por un tema de idoneidad, y eso ha quedado demostrado por la propia resolución [de exclusión de la JNJ], que no se trataba de ninguna falta de idoneidad. Ha sido una omisión, como manera involuntaria en una primera etapa, de no informar sobre esos casos que en ese momento no tenía conocimiento del estado en el que estaban… Ahí, quizás, hubo un error mío y obviamente en la fase de actualización de la información yo presenté todo”, afirmó.

