El Poder Judicial rechazó el pedido de la suspendida legisladora María Cordero para que se anule el proceso penal seguido en su contra por un presunto recorte de sueldo a un trabajador de su despacho congresal en el 2022.
El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley declaró improcedente la solicitud de nulidad de todo lo actuado que hizo la suspendida parlamentaria, a través de su defensa legal, respecto a este proceso penal que afronta por el presunto delito de concusión y otros en agravio del Estado, a raíz de este caso.
La defensa legal de la suspendida legisladora alega que durante el trámite de la acusación constitucional contra su patrocinada en el Congreso de la República se incorporaron hechos y elementos provenientes de la Denuncia Constitucional N° 421-2023-2024 que no formaban parte de la Denuncia Constitucional N° 359, vulnerándose con ello su derecho de defensa y el debido proceso.
Por ello, solicita que se deje sin efecto el informe final N° 359 emitido por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, así como los actos parlamentarios posteriores que lo aprobaron, incluyendo la Resolución Legislativa N° 15-2023-2024, y que el procedimiento sea retrotraído o regrese hasta la etapa parlamentaria a fin de emitirse un nuevo informe final respetando –según sostiene– las garantías constitucionales correspondientes.
Decisión judicial
No obstante, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley desestimó este pedido por una manifiesta falta de competencia para emitir un pronunciamiento ya que se cuestiona la validez de actuaciones que han sido desarrolladas en sede parlamentaria.
«En tal sentido, los informes emitidos por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente y las resoluciones legislativas aprobadas por el Pleno del Congreso constituyen actuaciones producidas dentro del ámbito competencial del Poder Legislativo, cuya revisión, modificación o anulación no forma parte de las atribuciones conferidas al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. En consecuencia, al estar dirigida la pretensión a cuestionar la validez de actuaciones desarrolladas en sede parlamentaria y no de actos procesales emitidos por este Juzgado Supremo o por las autoridades que intervienen en el proceso penal bajo su control, corresponde desestimar el pedido formulado por manifiesta falta de competencia para emitir el pronunciamiento requerido», precisa el magistrado.
La suspendida legisladora María Cordero es investigada en la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos por presuntamente haber obligado a un trabajador de su despacho congresal a entregarle el 50 por ciento de sus haberes entre los meses de marzo y agosto del 2022.
La Fiscalía de la Nación formalizó una investigación preparatoria luego que el 14 de marzo del 2024 el Pleno del Congreso de la República aprobó suspender a María Cordero en su cargo de congresista y levantar su inmunidad parlamentaria a fin de que pueda afrontar este proceso penal.

