La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió un pronunciamiento oficial para aclarar que el marco legal que rige el sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el exterior no ha sufrido ninguna modificación para los comicios generales de 2026, desmintiendo las versiones que sugerían cambios normativos de última hora en los procedimientos de votación.
El organismo electoral enfatizó que las reglas aplicadas en el extranjero son exactamente las mismas que se establecieron de manera oportuna en la Ley Orgánica de Elecciones y las normativas complementarias, garantizando la predictibilidad y la transparencia del proceso.
Detalles de la aclaración de la ONPE:
Votación convencional y manual:
La ONPE precisó que la votación de los peruanos en el exterior se realiza exclusivamente de forma convencional (física) y el llenado de las actas de escrutinio se ejecuta de manera manual por parte de los miembros de mesa. Con esto, se descartó el uso de sistemas informáticos de votación electrónica o de escrutinio automatizado en las mesas instaladas fuera del país.
Custodia y repliegue de actas:
El procesamiento de los resultados procedentes del exterior sigue un protocolo estricto en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Los funcionarios consulares son los responsables de replegar los documentos electorales y las cédulas de sufragio, conservando en todo momento la cadena de custodia a través de los canales diplomáticos autorizados (valija diplomática) para su posterior entrega a la ONPE en Lima.
Garantías para los personeros:
Se recordó que los personeros de las organizaciones políticas en competencia mantienen intactos sus derechos para presenciar los actos de instalación, sufragio y escrutinio en los locales de votación habilitados en el extranjero. Además, cuentan con la facultad de registrar las actas firmadas al cierre de la jornada para asegurar la fiscalización de los votos de sus respectivos partidos.
Padrón electoral cerrado:
La institución reiteró que el padrón electoral para este proceso quedó cerrado de forma definitiva y oportuna (el 14 de octubre de 2025). Por lo tanto, solo están habilitados para sufragar en los consulados correspondientes aquellos ciudadanos que actualizaron su domicilio en el extranjero en su DNI antes de dicha fecha de corte.
Con este pronunciamiento, las autoridades electorales salieron al frente para disipar las dudas sembradas por agrupaciones políticas respecto al conteo del voto exterior, reafirmando que no existen variaciones en los lineamientos técnicos aprobados y que el proceso cuenta con todos los mecanismos tradicionales de control y fiscalización por parte de los personeros y misiones de observación internacional.

