El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa 010-2025-2026-CR, con la que se oficializa la sanción contra la exfiscal de la Nación Delia Espinoza. El documento, que la aparta de cualquier función en la administración pública durante 10 años, lleva las firmas del presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, y del segundo vicepresidente de la Mesa Directiva, Waldemar Cerrón.
La medida adoptada por el Pleno se sustenta en las conclusiones del informe final de las denuncias constitucionales acumuladas 563 y 618. El expediente determinó que Espinoza Valenzuela excedió los límites constitucionales del poder público al interponer la Denuncia Constitucional 549, mediante la cual atribuyó el presunto delito de negociación incompatible a 11 congresistas, basándose únicamente en la participación y el voto que estos emitieron a favor del Proyecto de Ley 319/2021-CR.
Para el Legislativo, la conducta de la exmagistrada habría incurrido en tres faltas graves. En primer lugar, vulneró el artículo 45 de la Carta Magna al utilizar sus facultades para cuestionar decisiones adoptadas en el ejercicio regular de la función legislativa. En segundo término, trasgredió el artículo 93 al afectar la inviolabilidad parlamentaria, pretendiendo atribuir responsabilidad penal por el debate y aprobación de una norma. Por último, infringió los incisos 3 y 5 del artículo 139, puesto que su denuncia carecía de una motivación suficiente y vulneraba el debido proceso.
Cargos penales archivados y cumplimiento de plazos
A pesar de la sanción política impuesta, la resolución oficializada por el Parlamento establece el archivo definitivo de la causa penal. Por decisión del Pleno, se desestimó acusar a Delia Espinoza por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato, tipificados en los artículos 376 y 418 del Código Penal, absolviéndola también de la supuesta infracción de los artículos 158 y 159 de la Constitución.
El documento remarca además que, a lo largo de todo el procedimiento se respetaron las garantías procesales. El Congreso señaló que la exfuncionaria acudió a las audiencias reglamentarias, ejerció su derecho a la contradicción y contó en todo momento con el respaldo de la defensa técnica de su elección.

